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Política Ética Empresarial - Antisoborno

RCL CARGO TRANSPORTES S.A.S, empresa de transporte de carga terrestre a nivel nacional, atiende el cumplimiento de la Resolución 14673 de 2025 y de las normas y leyes nacionales e internacionales definidas para prevenir y controlar los actos de corrupción y soborno transnacional, orienta todas sus actuaciones bajo los principios de legalidad, transparencia, integridad y responsabilidad, promoviendo una cultura ética organizacional, y mantiene una politica de “cero” tolerancia frente a cualquier acto de corrupción, soborno, fraude o conducta contraria a la ética y las buenas prácticas empresariales.
Se implementan mecanismos de identificación, evaluación y tratamiento de los riesgos de corrupción y soborno Transnacional CO/ST, con el fin de prevenir, identificar, detectar y mitigar posibles situaciones que afecten la transparencia y la reputación de RCL CARGO TRANSPORTES; estableciendo, entre otros los riesgos propios y la materialidad, para lo cual identifica la operación, el tamaño, las áreas geográficas donde opera, el contexto interno y externo, y demás características particulares.
Se aplican procesos de debida diligencia en la vinculación y evaluación continua de accionistas, clientes, proveedores, contratistas, aliados comerciales y empleados, verificando el cumplimiento de normas legales, reputacionales y éticas, de acuerdo con el nivel de riesgo identificado.
Con el fin de fortalecer la cultura de transparencia, la empresa garantiza mecanismos confidenciales y seguros para que los colaboradores y terceros puedan reportar hechos, sospechas o conductas irregulares a través de los canales de denuncia, el cual permite la recepción, análisis y seguimiento de las mismas a través de medios definidos (correo electrónico, buzón físico y reporte en línea desde la página web). Se asegura la protección del denunciante frente a cualquier tipo de represalia, garantizando la confidencialidad de su identidad y la adecuada gestión de los reportes.
Así como de cualquier conducta ilegal como el soborno transnacional, y además define los procedimientos de diseño, aprobación, seguimiento, divulgación y capacitación, que se traducen en una regla de conducta que orienta su actuación la de sus empleados, colaboradores, asociados, administradores y partes interesadas.
Toda denuncia será evaluada conforme a los procedimientos internos y, de confirmarse su veracidad, se aplicarán las sanciones disciplinarias o contractuales correspondientes, de acuerdo con la gravedad de la falta y la normativa vigente, y se realizara el reporte ante la UIAF en caso de ser necesario.
Como se definen las responsabilidades en el manual del PTEE La alta Dirección, representante legal, oficial de cumplimiento y funcionarios en general son responsables de la adopción, seguimiento y mejora continua de esta política y del Programa de Transparencia y Ética Empresarial, así como contratistas y terceros vinculados a la empresa son responsables de conocer, cumplir y promover esta política, actuando con integridad y transparencia en el desarrollo de sus actividades.

Ningún colaborador, contratista o tercero, podrá ofrecer, aceptar o solicitar beneficios indebidos en el ejercicio de sus funciones o relaciones comerciales.
La falta y/o violación de esta Política, constituye un incumplimiento grave contractual, indistintamente de la naturaleza del contrato, convenio o vinculación con la empresa, que podrá generar como consecuencia, además de las legales, la terminación del contrato de trabajo del empleado por justa causa por parte de la Sociedad, terminación inmediata de la contratación y/o prestación del servicio o labor, entre otras consecuencias sancionatorias pecuniarias, de responsabilidad administrativa, disciplinaria y si es del caso denuncias penales que legalmente deban originarse.

© 2025 BOGOTA - COLOMBIA. RCL CARGO TRANSPORTES S.A.S

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